Farmacia > Manual de Deporte y Farmacia  
 
 

4.3.3- ANALGÉSICOS LOCALES

ANALGÉSICOS LOCALES:
PRINCIPIO ACTIVO PREPARADO COMERCIAL

BUPIVACAINA

Svedocain

LIDOCAINA

Pipril
Emla crema
Emla parche
Strepsils con anestésico spray

MEPIVACAINA

Scandinibsa

PRILOCAINA

Emla crema
Emla parche
Citanest

PROCAINA

Dynamin
Neocolan

TETRACAINA

Vinciseptil ótico

Se autoriza la utilización de los anestésicos locales con las siguientes condiciones:

a)Cuando se realice sólo mediante inyecciones locales o intraarticulares.

b)Únicamente cuando el médico responsable del deportista considere que la administración está médicamente justificada, en cuyo caso, previamente a la competición y por escrito, deberá comunicarlo a la comisión médica o antidopaje federativa correspondiente, indicando el diagnóstico, tratamiento, método de aplicación y dosis a emplear, entregando al deportista una copia que éste deberá conservar. Si la necesidad de administración se produce durante la competición, el médico elaborará un informa que entregará al responsable de la recogida de muestras para que lo transmita a la citada comisión.

c)Además, si el deportista es seleccionado para pasar un control de dopaje, deberá declarar en el acta de recogida de muestras la utilización del medicamento que contenga el anestésico prescrito.

Junto con los anestésicos locales, en las condiciones indicadas, pueden utilizarse agentes vasoconstrictores.

4.3.4- BETA BLOQUEANTES

BETA BLOQUEANTES:
PRINCIPIO ACTIVO PREPARADO COMERCIAL

ACEBUTEROL

Secadrex
Sectral

ALPRENOLOL

ATENOLOL

Atenolol Alter
Atenolol Bereng
Infale Atenolol
Boi Atenolol
Leo Atenolol
Ratiopharm
Betasit Plus
Blokium
Blokium Diu
Kalten
Neatenol
Neatenol Diu
Neatenol Diuvás
Normopresil
Tenoretic
Tenormin

BETAXOLOL

Betoptic (oftalmologico)
Oxodal

BISOPROLOL

Emconcor
Emcoretic
Euradal
Godal

BUFAROL

BUNOLOL

CARTEOLOL

Arteolol
Elebloc (oftal)
Mikelán
Mikelán oftálmico (oftal)

CARVEDILOL

Coroprés
Kredex

CELIPROLOL

Cardem
Moderator

ESMOLOL

LABETALOL

Trandate

LEVOBUNOLOL

MEPINDOLOL

METIPRANOLOL

METOPROLOL

Logimax
Lopresor
Seloken
Selopresín

NADOLOL

Corgard
Solgol

OXPRENOLOL

Trasicor
Trasitensín

PENBUTELOL

PINDOLOL

PROPANOLOL

Betadipresán
Betadipresán Diu
Sumial

SOTALOL

Sotapor

TIMOLOL

Cusimolol
Nyolol
Timoftol

Los bloqueantes beta adrenérgicos únicamente se considerarán prohibidos por una federación deportiva espańola:

a) Cuando a su juicio se considere que su consumo pueda modificar artificialmente el rendimiento deportivo de los deportistas o los resultados de las competiciones.

b) Cuando su correspondiente federación internacional lo tenga n prohibidos.

Sin embargo, cuando la correspondiente federación internacional no lo tenga prohibido, o cuando teniéndolo contemple esta posibilidad, se permite la utilización de un bloqueante beta adrenérgico si el médico responsable del deportista considera que su administración está médicamente justificada, con la condición de que previamente a la competición y por escrito debrá comunicar esta circunstancia a la comisión médica o antidopaje federativa correspondiente, indicando el diagnóstico, tratamiento, método de aplicación y dosis a emplear, entregando al deportista una copia que este deberá conservar. Y en este caso, si el deportista es seleccionado para pasar un control de dopaje, obligatoriamente deberá declarar en el acta de recogida de muestras la utilización del medicamento que contenga el bloqueante beta adrenérgico prescrito.

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