La historia laboral permite establecer la posible relación causa efecto y conocer los detalles en cuanto a tiempo de la exposición, tiempo e intensidad de la misma.
La exposición a un polvo inorgánico puede ser determinada mediante la historia laboral, controles del medio laboral y determinaciones ambientales. El grado de exposición determinado por estos medios es un reflejo de la dosis acumulada, que no puede ser medida en sujetos vivos.
Se ha comprobado que existe una a relación entre la exposición y la respuesta. Aunque también se han apreciado excepciones a esta relación.
Para confirmar el diagnóstico es preciso realizar una serie de pruebas:
Técnicas de imagen y en concreto la radiografía de tórax es le medio por le que generalmente se establece la sospecha diagnostica. Para ello, se relacionan las alteraciones presentes, en general bastante características, con los antecedentes profesionales.
Las prueba de imagen junto a la exploración funcional respiratoria realizada para conocer el grado de afectación funcional son los parámetros que habitualmente se utiliza para la valoración médico-legal de la enfermedad. Para ello se siguen los criterios establecido por la Organización Internacional del Trabajo, que ha elaborado una clasificación basada en el tamaño, forma y extensión de los nódulos, así como de otros hallazgos adicionales.
El TAC de alta resolución es otra de las pruebas que se solicitan para discriminar las lesiones pulmonares de las pleurales, determinar la extensión de la afectación y valorar le enfisema asociado.
La Gammagrafía con Galio 67 puede ser útil para valorar la actividad de la enfermedad.
Por tanto, el diagnóstico de presunción se establece, ante alteraciones radiológicas incipientes y/o reducción de la capacidad de difusión determinada mediante una prueba de función pulmonar específica.
El diagnóstico de certeza, es el resultado de la concurrencia de una historia laboral de suficiente exposición y la presencia de lesiones radiológicas típica. No son precisos por tanto la identificación del polvo ni biopsiar el pulmón para demostrar la existencia de la enfermedad, salvo que sea preciso por problemas médico-legales.