Aunque existen diferencias culturales en cuanto a las exigencias éticas, en las decisiones intervienen: el médico, el anciano y/o su familia, y el estado o la comunidad.
El médico: es quién generalmente toma la decisión. Esta decisión debe hacerse basada en los principios básicos de la ética:
a) Principio de beneficencia: es la obligación de hacer el bien al paciente, buscando su mayor beneficio.
b) Principio de no maleficencia: está obligado moralmente a no poner procedimientos que estén claramente contraindicados, ni siquiera con el consentimiento del paciente. Evitar aplicar medios extraordinarios o desproporcionados, que pudieran suponer un encarnizamiento terapéutico.
c) Principio de autonomía: defiende la libertad que tiene el individuo por muy mal que este o muchos años que tenga, para establecer sus propias normas, valores y tomar decisiones.
d) Principio de justicia que esta relacionado con el obligado cumplimiento de las leyes que la sociedad ha establecido. Se pueden restringir las prestaciones como un tratamiento no indicado, caro o escaso, ni siquiera cuando este exigido por el paciente, ya que los recursos disponibles son limitados. Aquí la responsable es la Administración.
e) Decir la verdad al paciente: el médico deberá proporcionar al anciano una información precisa, real y adecuada, con el fin de obtener su consentimiento informado sobre el procedimiento diagnóstico o terapéutico a realizar. Al anciano hay que decirle "todo lo que quiera saber y solo lo que quiera saber", y eso sí, que todo lo que se le diga sea verdad.
El paciente: el anciano es sin duda la pieza clave de la decisión a tomar en cuidados geriátricos, por lo que siempre habrá que implicarle en las decisiones, en la medida que sea posible. Para que pueda decidir libre y adecuadamente, es ante todo necesario que tenga capacidad para otorgar su consentimiento informado.El consentimiento informado puede ser plasmado en algunos procedimientos mediante formularios escritos como en la transfusión sanguínea o bien en la historia clínica. Se considera que el anciano tiene capacidad cuando cumple cuatro requisitos:
a) Ser capaz de expresar una elección mediante lenguaje oral, escrito o con gestos.
b) Entender y tener en cuenta todos los elementos relevantes relativos con la toma de decisión.
c) Apreciar la importancia de la enfermedad, creyéndose la información y su trascendencia.
d) Razonar esta decisión lógicamente.
A diferencia de la capacidad, la competencia es un concepto ético-legal. Decidir si una persona cuya ausencia transitoria de capacidad de obrar natural se alarga con el tiempo y tiende a hacerse permanente, es una decisión más legal que clínica. En algunos casos quién toma la decisión final es la autoridad judicial.
La familia. Debe ser un elemento complementario a la hora de una decisión terapéutica.